martes, 24 de febrero de 2009

Proyecto Resolución: informe sobre distintos interrogantes relacionados a la posible enajenación de un inmueble ubicado en San Francisco del Chañar

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través de la repartición que corresponda, sobre distintos interrogantes relacionados a la posible enajenación de un inmueble ubicado en San Francisco del Chañar (Departamento Sobremonte), dirección El Pantano (ZR), de 926 has. 5321, matrícula 696.853, de acuerdo a lo dispuesto mediante Ley 9593, en el Anexo I:




1- Si dentro del predio mencionado funciona el Geriátrico Dr. J. J. Puentes.-
2- Cantidad de empleados que se desempeñan en el mismo.-
3- Cantidad de personas alojadas a la fecha.-
4- Si tiene conocimiento que el Geriátrico se autoabastece de leche y carne a través de las actividades vinculadas al campo que lo circunda.-
5- Si la venta dispuesta del inmueble citado implica el cierre del establecimiento; y para el caso afirmativo, que sucederá con los empleados y alojados.-
6- Toda otra información que crea relevante.-



FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
La Unión Cívica Radical, y en particular, sus Legisladores Provinciales, nos hemos opuesto decididamente a la venta de los activos públicos, entendiendo que constituye un grave acto de gobierno, y que se enmarca en la política seguida por el Dr. Schiaretti, de dilapidación del patrimonio.-
En el caso que nos ocupa es más grave aún.- Los vecinos de San Francisco del Chañar y zona aledaña se encuentran seriamente preocupados.-
En el inmueble que se pretende vender, funciona el Geriátrico J.J. Puentes, que tiene cerca de 90 empleados, y alberga a más de ciento setenta personas (con una capacidad ociosa importante), cumpliendo de manera solvente con una relevante función social.-
La institución en cuestión se autoabastecería en carne y leche, a través de las actividades vinculadas al campo que lo circunda, lo que habla a las claras de la más aún gravitante tarea cumplida.-
Si la venta del patrimonio sin destino determinado es grave, más aún lo es el cierre de un establecimiento de este tipo, con el temor de los empleados por la desaparición de la fuente de trabajo; de los alojados y sus familias; y por supuesto, de la comunidad toda.-
Por estos motivos, y los que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, es que solicitamos el acompañamiento de todos los Señores Legisladores.-


19 de Febrero. La Mañana de Córdoba


18 de febrero. La Voz del Interior


viernes, 20 de febrero de 2009

Proyecto de Ley: Incorporación del Art. 106 bis a la Ley 8836

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY




Artículo 1º: Incorpórese a la Ley 8836 con sus modificatorias, como Artículo 106 bis, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 106 bis: LA CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA S.A. deberá excluir de los procedimientos establecidos en el artículo anterior, a todos aquellos oferente, sean personas físicas o jurídicas, que cuente con condena o causas abiertas en la justicia penal, promovidas por denuncias de la Auditoría General de la Nación, o por cualquier organismo de control con carácter oficial.”.-
Artículo 2º: De forma.-

FUNDAMENTOS:
Sr. Presidente:
En los últimos tiempos, esta Legislatura Provincial, ha dado aprobación a sendos proyectos de ley que tienen su origen en el Poder Ejecutivo. En función de la presente iniciativa, nos interesa particularmente la sanción de las leyes número 9557 y 9593, las que han sido dirigidas a complementar el capítulo referido a la Corporación Inmobiliaria Córdoba S.A., creado por la Ley 8836.
Cabe resaltar la soledad del oficialismo parlamentario en la aprobación de dichas iniciativas, pues quienes han sido ubicados en el rol de oposición por el voto popular, hemos estado en contra, básica y fundamentalmente, de la política de enajenación del patrimonio y bienes privados del Estado.
Aún conservando esta posición de fondo, pues entendemos que tal decisión implicaría una denodada búsqueda de ideas comunes a todas las fuerzas políticas y la sociedad en general, es que ante tal avance, queda latente la imperiosa necesidad de control de las acciones que se llevan adelante a través de la normativa citada.
Hemos advertido que no es suficiente, sino más aún una burla, la creación de una comisión parlamentaria en la que, justamente, el oficialismo cuenta con quórum propio.
Pero además de lo apuntado hasta aquí, se va generando un tufillo raro en torno a los posibles actores y oferentes que participarían en los procedimientos establecidos por ley. No se trata de una simple sospecha, pues en muchos casos, los organismos de control oficial, han puesto el resalto en serias irregularidades producidas durante los mecanismos licitatorios públicos. Muchas de estas sospechas fundadas en formales investigaciones, alcanzan a sujetos económicos que también suenan en los futuros posibles procedimientos cordobeses.
Así de esta manera hoy se conoce la tendencia del Gobierno Federal, de restringir los poderes de investigación de estos organismos.
En cualquier país y provincia serios, los poderes de control tienen las mayores atribuciones, pues la transparencia, es una necesidad no solo de la oposición y la sociedad, sino del propio gobernante. En nuestro país y nuestra provincia no está sucediendo lo mismo. Basta con ver la conformación del ERSEP, la limitación legal del Defensor del Pueblo, la desaparición del Fiscal Anti Corrupción, etc.
También es destacar que debido a la crisis financiera provincial, el gobierno, en franca continuidad con su antecesor, hecha mano a la venta de activos para afrontar sus obligaciones, la prueba, el Art. 108 de la ley citada, el Art. 3º de la ley 9593.
Conjugando estos datos que son parte de la realidad objetiva del país y la provincia, es que se deben extremar las medidas de control, y es en ese sentido exigido por la necesidad de transparencia, que las empresas o personas físicas con causas iniciadas por organismos oficiales, deben quedar excluidas de los procedimientos establecidos en las leyes referenciadas.
Por estos motivos, a más de los que se aportarán en oportunidad de su tratamiento, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.-



Pedido de Informe: sobre distintos interrogantes relacionados a la posible realización de un puente sobre el Río Los Rearte

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:



Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sobre distintos interrogantes relacionados a la posible realización de un puente sobre el Río Los Rearte a la altura de la Localidad de Intiyaco:

1- Si existe un proyecto que prevea la construcción de un puente sobre el Río Los Reartes a la altura de la Localidad de Intiyaco.-
2- Cuales serían las características del mismo.-
3- Si es cierto que una comisión de Ingenieros de Vuestra repartición, conjuntamente con funcionarios del Banco Mundial estuvieron haciendo evaluaciones de viabilidad en la zona referida.-
4- Si se cuenta con el costo estimado de para dicha construcción.-
5- De donde saldrán los fondos para la evaluación, creación y ejecución de dicho proyecto; si se está pensando en tomar créditos para ello y de ser así, con qué organismo.-
6- Si se cuenta con una evaluación del impacto ambiental que produciría dicho proyecto y ejecución.-
7- Toda otra información que crea relevante.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Una preocupación surgida de los vecinos de las localidades de La Cumbrecita, Villa Berna e Intiyaco, del Departamento Calamuchita de nuestra provincia, está concentrada en la sonada realización de un puente sobre el Río Los Reartes a la altura de la última localidad nombrada.
El hasta ahora silencio que acompaña a dicho proyecto, no produce efectos positivos entre los vecinos de la región, que como todos los ciudadanos, tienen y tenemos el derecho a participar en la toma de decisiones, como ésta, trascendentes para el futuro común.
Los interrogantes están planteados en la parte dispositiva del presente pedido de informes, y vale la pena insistir en dos cuestiones fundamentales; por un lado, el impacto ambiental que producirá dicha obra, lo que no es menor en ningún caso, pero más teniendo en cuenta que se trata de una de las reservas más importantes de la provincia, en lo que se asienta su atractivo turístico sin dudas.
Por otro lado está la situación financiera. A nadie escapa ya la gravedad de la deuda y las finanzas provinciales, razón por la que al momento de posibles toma de créditos, la evaluación debe hacerse con el especial recelo de no seguir embargando el futuro y la viabilidad económica de la provincia.
Por estos motivos, y los que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, es que solicitamos el acompañamiento de todos los Señores Legisladores.-



Pedido de Informe sobre distintos interrogantes relacionados al programa ESI Educación Sexual Integral

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:




Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Educación, sobre distintos interrogantes relacionados al programa ESI Educación Sexual Integral:

1- Si se han creado los foros regionales, interinstitucionales y comunitarios.
2- Si se han realizado talleres de formación, capacitación y asesoramiento.
3- Si han recibido demanda de parte de las escuelas, de qué tipo y si han podido dar respuesta.
4- Si elaboraron material bibliográfico y didáctico. De tal existencia, explicación de la conformación de los mismos.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El presente pedido de informes tiene por objeto conocer si las escuelas están siendo asistidas en materia de educación sexual. Si el Programa Nacional ESI “Educación Sexual Integral”, creado a partir de la Ley Nacional Nº 26.150, se está garantizando en las instituciones educativas de nuestra provincia, teniendo en cuenta el compromiso asumido y plasmado en el documento base “Educación Sexual Integral 2008”, por el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

La educación sexual fundada en el principio de valorarse, cuidarse y valorar al otro, promueve la buena convivencia, el cuidado de la salud, y se valora así la vida humana. Por lo tanto es necesario para brindar información y formar a los jóvenes que los docentes e instituciones cuenten con todas las herramientas necesarias y así también prevenir emberazos adolescentes, enfermedades de transmisión sexual, etc.

La escuela actualmente recibe muchas exigencias de parte de la sociedad y a su vez en su medio presenta una diversidad de problemáticas para los cuales, muchas veces no cuenta con los medios para dar respuesta e intentar resolverlas, y si existen posibles soluciones como las que presenta el programa “ESI”, lo importante es conocer si se llevan a cabo tales acciones en todas las escuelas, de manera equitativa, como lo afirma el Art. 1 de la ley Nº 26.150 (Programa Nacional de Educación Sexual Integral):
“Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada de las jurisdicciones Nacional, Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipal”.
Y por último es importante dar respuesta a la necesidad de capacitación y actualización permanente que los mismos docentes reclaman, y que el Ministerio de Educación se compromete en garantizar en el documento base ya citado.
Es por estas razones y las que se darán al momento de su tratamiento que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-







Pedido de Informe sobre distintos interrogantes relacionados al funcionamiento de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:




Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, sobre distintos interrogantes relacionados al funcionamiento de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.PR.E.T.I.):

1- Autoridades, organismos y empresas que la conforman.-
2- Si está en funcionamiento, lugar, teléfono y medios de contacto.-
3- Si están realizando campañas de difusión de la problemática del trabajo infantil, de que tipo y a través de que medios.-
4- Si están realizando acciones para la capacitación de los agentes intervinientes, de que tipo, materiales que utilizan, modalidad y fechas.-
5- Si han elaborado censos, estadísticas, “mapa crítico” de la situación, porcentaje aproximado que afecta a la provincia y zonas más afectadas.-
6- Si tienen elaborado un cronograma de acción para el corriente año, informe en detalle.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Debido a la preocupante situación en la que se encuentra la Provincia de Córdoba, de acuerdo a encuestas o estudios, publicados por diarios locales, informaron que Córdoba lidera el ranking nacional en Trabajo Infantil, “el 8,4% de los niños y el 30% de los adolescentes, el 50% de los jóvenes no van a la escuela” (Fuente la Voz del Interior “Córdoba tiene 104 mil chicos que trabajan”. 16/12/2008) Teniendo en cuenta que la encuesta que arrojó estos lamentables números, fue realizada en el año 2006, si consideramos además la actual crisis, es de suponer que los porcentajes antes citados deben haber aumentado gravemente. Por lo tanto la situación merece que el Gobierno actúe de manera urgente.
El trabajo infantil es consecuencia de políticas de gobiernos ineficaces, de una falta de responsabilidad por parte de los actores sociales, que debe ser revertida, penalizada. Los padres/ tutores, les corresponden obtener salarios dignos, “no asistencialismo, sí fuentes de trabajo”, para que no exista el trabajo infantil, éste entre otros factores favorece al mal rendimiento escolar, a la deserción y por lo tanto al fracaso escolar. Por derecho los niños deben asistir a la escuela.
Se informó a la ciudadanía la creación de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.PR.E.T.I.), por decreto del Gobernador Juan Shiaretti el 12 de junio del año 2008, la misma conformaría la red de comisiones provinciales, impulsada su creación en el marco del convenio entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) y el Consejo Federal del Trabajo. CONAETI fue creada por Decreto el 25 de Agosto del año 2000, tuvieron que pasar ocho años, para que Córdoba empezara a organizarse. Lo preocupante es que la web oficial del CONAETI , informa que la Provincia de Córdoba se encuentra aún, en proceso de formación, el objetivo central del presente proyecto es saber si está en funcionamiento la Comisión Provincial y que acciones está realizando.
Es momento de concretar y llevar a cabo acciones de importante índole, que como ya expresé, el asistencialismo no es el mejor recurso, no educa, acostumbra, no es digno, no construye ni una provincia, ni mucho menos una nación.
Por todas estas razones y las que se darán al momento de su tratamiento, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-


martes, 17 de febrero de 2009

Carta enviada al Presidente del Comité Central de la Provincia DR. MARIO NEGRI



EN RELACION AL ACERCAMIENTO CON EL PARTIDO NUEVO.




15 de Febrero de 2009. La Voz del Interior


12 de Febrero 2009. La Mañana de Córdoba




12-02-09 Piden declarar persona no grata a Guillermo Moreno

Considerando una burla y una ofensa a los cordobeses y todos los argentinos, la variación del índice de precios al consumidor difundido por la nación, el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) solicitó se considere persona no grata al responsable del área, el Secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno. "Hablar de una baja en precios de alimentos y bebidas en enero es no vivir en este país", recalcó refiriéndose a los datos dados a conocer por el INDEC. Además, Rossi planteó que las actitudes del funcionario han atentado permanentemente contra los intereses de los productores, la industria y de la provincia de Córdoba en general. "Lo menos que tenemos que hacer con alguien que teniendo el poder que le da ocupar un cargo en el gobierno nacional, no solo no defiende sino que atenta contra todos los cordobeses, es declararlo persona no grata", puntualizó

Proyecto de Resolución: por el cual declara "Persona No Grata" a Guillermo Moreno

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE :


DECLARAR PERSONA NO GRATA al Secretario de Comercio Interior de la Nación Guillermo Moreno, atento ser el responsable directo de la virtual intervención al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), que ha producido una reciente burla a los argentinos con la publicación del 0,5 por ciento de inflación para el mes de enero; amén de atentar permanentemente contra los intereses de productores e industriales de la ésta Provincia.-


FUNDAMENTOS:

Sr. Presidente:
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) ha publicado la variación del índice de inflación del mes de enero del corriente año, ubicándola en el 0,5 por ciento, lo que constituye una nueva burla a los argentinos.-
El Secretario de Comercio Interior de la Nación Guillermo Moreno es el funcionario responsable de la virtual intervención que sufre el organismo citado, derrumbando su credibilidad internacional, lograda a través de mediciones seria y de un trabajo responsable y permanente a través del tiempo.-
Esta nueva medición es la gota que rebalsó el vaso.-
Guillermo Moreno es un personaje nefasto para los cordobeses.- Sus aprietes a industriales y comerciantes, la utilización antojadiza de los permisos de exportación, y su prepotencia, han sido sufridas por productores e industriales de Córdoba.- A esto lo pueden certificar por ejemplo los productores tamberos de Córdoba, que debieron peregrinar y casi rogar por la entrega de los ROES para poder exportar.-
Moreno se maneja con la impunidad que le da la bendición del matrimonio presidencial.-
La Provincia de Córdoba y sus habitantes no queremos ser rehenes de un simple funcionario de turno.-
Por todo lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

miércoles, 4 de febrero de 2009

04-02-09 Montará su habitual stand en el área peatonal

Rossi comienza el año receptando
inquietudes de la gente



Este jueves 5 de febrero, el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) retomará el contacto con la gente, montando su stand en el área peatonal, como lo hizo en reiteradas oportunidades el año pasado. A partir de las 10.30, y por espacio de dos horas, estará en la esquina de 9 de julio y San Martín, entregando un boletín con un resumen de su labor legislativa, y receptando los planteos e inquietudes de la gente.
Rossi ha realizado este tipo de acciones desde que asumió como legislador, recorriendo la provincia y la ciudad para mantener vivo el contacto con los cordobeses. Y apenas retomada la tarea legislativa tras el receso de enero, vuelve a instalarse en la peatonal, y tiene previsto además, salir nuevamente a recorrer la provincia. Está convencido el Legislador que la forma de hacer política es en contacto directo y permanente con la gente.


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Proyecto de Ley: Por el que modifica el artículo 95 de la Ley 8465 (Código Procesal Civil de la Provincia de Córdoba)

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY



Artículo 1.- Modificase el artículo 95 de la Ley 8465 (Código Procesal Civil de la Provincia de Córdoba), el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 95.- Revocación del poder.- En caso de revocación del poder, deberá el poderdante designar otro apoderado o comparecer por sí mismo, sin necesidad de citación, bajo pena de continuar el juicio en rebeldía a su respecto a solicitud del interesado.

Habiéndose designado nuevo apoderado o habiendo comparecido por si mismo el poderdante, el Tribunal ordenará poner en conocimiento de manera fehaciente, sobre dicha situación al apoderado cuyo mandato se hubiera revocado, bajo apercibimiento del artículo 96 de la presente Ley.

Artículo 2.- De Forma.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El acceso a la justicia lleva incito el principio de obligatoriedad de patrocinio letrado, existiendo el derecho para el ciudadano, de revocar el poder otorgado cuantas veces estime conveniente.

Ello ha sido receptado por nuestra ley ritual, la cual en su Capítulo II, dedica a la comparecencia de las partes una serie de disposiciones que garantizan dentro de su ámbito de aplicación dicho principio, es decir el ocurrir ante un órgano jurisdiccional con asistencia jurídica obligatoria, debiendo a tal fin fijar domicilio procesal en el radio que ha establecido el Tribunal Superior de Justicia a través de acordada respectiva.

Este principio se mantiene vigente a lo largo de todo el proceso, ya que incluso ante la hipótesis de renuncia o revocación de mandato, debe constituirse un nuevo domicilio procesal a los fines de la prosecución de la causa, lo que nos lleva a concluir que la obligatoriedad del patrocinio letrado, se mantiene incluso ante la revocación de un poder existente.

Es ante la hipótesis de revocación o renuncia, que consideramos necesaria la reforma puesta a consideración de este Pleno, ya que hemos detectado innumerables situaciones en las cuales el letrado cuyo patrocinio ha sido revocado, desconoce dicha situación, sufriendo consecuencias que afectan incluso el derecho a solicitar la regulación de sus honorarios profesionales por las tareas efectivamente desarrolladas, derecho consagrado incluso por el Código Arancelario para Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba.

Observamos como la Ley 8465, impone la carga procesal de notificar sobre cualquiera de las hipótesis mencionadas supra, sin embargo la misma varia según se trate de la renuncia del letrado o revocación de poder o patrocinio por parte del patrocinado.-

A tenor de lo prescripto por aquella, solo se vuelve obligatoria la notificación de la renuncia que pudiera hacer un letrado al patrocinio de su cliente, acto procesal que salvaguarda los derechos que pudieran corresponderle a este en el proceso que se trate, particularmente el de comparecencia con patrocinio letrado.

Sin embargo nada se dice sobre la posibilidad de notificar al letrado interviniente, ante el supuesto de revocación del mandato que se le ha conferido, con lo cual es este quien, en muchos supuestos se encuentra con esta nueva situación, sin que el Tribunal haya ordenado la correspondiente notificación.

La propuesta de modificación del articulo 95 del Código de Procedimiento en lo Civil y Comercial, el que rige subsidiariamente en otras ramas del derecho viene a reflejar lo preceptuado en la Ley 5805, la cual en su artículo 19 inciso 9 establece como deberes del abogado el de … “Hacer saber su representación o patrocinio en juicio, al abogado que le hubiere precedido en él, con anterioridad a su intervención o inmediatamente después de ésta si las circunstancias no le hubieren permitido hacerlo antes”.

Por su parte el artículo 21 de la ley citada, establece como “faltas éticas” las de 3) Aceptar la defensa en asunto en que intervenga otro abogado, sin dar aviso a éste, salvo que haya mediado renuncia expresa”.

Las prescripciones antes citadas, necesariamente deben relacionar de manera indubitable, la obligación de notificación sobre cambio de patrocinio letrado, ya que al analizar las correlaciones de dichas normas, existe una incongruencia que solo perjudica al letrado cuyo mandato ha sido revocado, poniendo incluso en peligro su derecho a reclamar la regulación de sus honorarios profesionales.

La desinteligencia observada en las normas citadas supra, pueden dar lugar a una “Falta Etica” según lo prevé la Ley 5805.

A los fines de evitar dicha situación, es que se propone a través de la modificación propuesta, que el Tribunal actuante obligue de manera fehaciente, al nuevo letrado designado, ante el supuesto de revocación de patrocinio, a notificar de manera fehaciente sobre esta nueva situación a los fines de garantizar el ejercicio de los derechos que pudieran corresponderle tanto a las partes como a los letrados intervinientes en el proceso, reflejando en definitiva en la ley ritual lo ya prescripto en la Ley de Ejercicio de la Profesional de Abogados.-

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Ley, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.


02-02-09 La situación del campo merece atención inmediata

El Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) consideró necesario se convoque de inmediato a la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, "a los efectos de evaluar la magnitud del daño producido por la sequía, el impacto de la baja rentabilidad del campo y la incidencia de los aumentos de los tributos al sector, y resolver si corresponde declarar la emergencia agropecuaria". En la jornada de hoy lunes, presentó un pedido de declaración, que incluye el pedido de instrumentar créditos a valor producto a través del Banco de Córdoba para los afectados.
Sostuvo Rossi que la provincia "debe echar mano de manera urgente a la Ley 7121, que dispone una herramienta de diálogo y búsqueda de soluciones permanentes, como es la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria". Y que la fecha de convocatoria que trascendió desde el gobierno, a fines de este mes, es a todas luces tardía.
En el mismo proyecto se planteó la posibilidad de declarar el estado de desastre en el departamento General Roca, severamente dañado por las condiciones meteorológicas. "Los productores necesitan, en este momento tan particular, de la ayuda del estado", afirmó.
Para el caso de declararse la emergencia agropecuaria, es la misma Ley 7121 la que contiene las herramientas para afrontar la crisis: prórroga o eximición del pago de gravámenes y cánones provinciales, renovación y prórroga otorgada por el Banco de Córdoba de obligaciones pendientes sin interés, otorgamiento de créditos especiales, suspensión de ejecuciones fiscales por 180 días, etc.-


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Proyecto de Declaración: por el cual convoca de manera inmediata a la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA :


La necesidad de requerirle al Poder Ejecutivo arbitre los medios necesarios para convocar de manera inmediata a la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, a los efectos de evaluar la magnitud del daño producido en la Provincia por la sequía, el impacto de la baja rentabilidad del campo y la incidencia de los aumentos de los tributos al sector, a los efectos de resolver si corresponde declarar la emergencia agropecuaria; y para el caso particular del Departamento Gral. Roca, el estado de desastre, instrumentando a través del Banco de Córdoba créditos a valor producto.-


FUNDAMENTOS:

Sr. Presidente:
La Provincia de Córdoba debe echar mano de manera urgente a la Ley 7121, que dispone una herramienta de diálogo y búsqueda de soluciones permanentes, como es la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.-
Desde el Ministerio de Agricultura de Agricultura, Ganadería y Alimentos han dejado trascender que la convocatoria se efectuará el día 24 de febrero.- Nos parece tarde.-
Existen zonas de la Provincia de Córdoba, como el caso del área que va desde Morteros hasta el norte, en el Departamento San Justo, y fundamentalmente el Departamento Gral. Roca, que vienen sufriendo los efectos de una sequía que no se veía en décadas en la zona.-
Los productores necesitan, en este momento tan particular, de la ayuda del estado.- Es por ello que, frente a este panorama desolador, se debe convocar de urgencia a la Comisión antes citada, para que entre todos los involucrados en el tema, estudiar las medidas correspondientes para aliviar la situación.-
Para el caso de declararse la emergencia agropecuaria, es la misma Ley 7121 la que contiene las herramientas para afrontar la crisis: prórroga o eximisión del pago de gravámenes y cánones provinciales, renovación y prórroga otorgada por el Banco de Córdoba de obligaciones pendientes sin interés, otorgamiento de créditos especiales, suspensión de ejecuciones fiscales por 180 días, etc.-
Intentamos también introducir una propuesta en la búsqueda de paliativos para el sector: la necesitad de estudiar distintas variantes a los efectos de que el Banco de Córdoba otorgue créditos a valor producto.-
Como una manera de que la Legislatura Provincial coadyuve con el Poder Ejecutivo en la búsqueda de soluciones a temas tan acuciantes como el que se nos presenta, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.

22-01-09 Rossi reclamó al Gobernador Schiaretti que de manera urgente ponga en funciones la COMISION PROVINCIAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA

Preocupación por la situación que atraviesa el sector agropecuario en la provincia


El Legislador Provincial Dante Rossi (U.C.R.) reclamó al Gobernador de la Provincia que, a través del Ministerio de Agricultura, conforme y cite de urgencia a la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, a los efectos de que, antes de fin de mes, se evalúe la magnitud del daño producido en la Provincia por la sequía, el impacto de la baja rentabilidad del campo, y la incidencia del aumento de los tributos al sector, dispuesta por el Gobierno en el 2008, a los efectos de resolver si corresponde declarar la EMERGENCIA AGROPECUARIA.
La Provincia de Córdoba debe echar mano a la Ley 7121, que dispone una herramienta de diálogo y búsqueda de soluciones permanente, como es la Comisión Provincial citada, y evaluar allí la conveniencia de declarar la emergencia agropecuaria, junto con todos los sectores interesados en dicha problemática.-
“Lo que sorprende es que frente a la comprensible queja de los productores agropecuarios de la Provincia, atacados permanentemente por el gobierno central, que es del mismo color político del gobierno cordobés, y ante el gravísimo problema de la sequía, el Ministro Carlos Gutiérrez vea en el reclamo posturas políticas”, señaló Rossi.-
Para el caso de declararse la emergencia agropecuaria, es la misma Ley 7121 la que contiene las herramientas para afrontar la crisis: prórroga o eximición del pago de gravámenes y cánones provinciales, renovación y prórroga otorgada por el Banco de Córdoba de obligaciones pendientes sin interés, otorgamiento de créditos especiales, suspensión de ejecuciones fiscales por 180 días, etc.-
El primer año de gestión de Juan Schiaretti resalta por la bajísima calidad institucional de la Provincia, que frente a cada conflicto se pone de manifiesto: hoy es la no conformación de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, que es una herramienta formidable para la búsqueda consensuada de soluciones. Pero, como ya sabemos, no funciona tampoco el Consejo de Partidos Políticos, ni en Consejo Económico y Social.-
Para Juan Schiaretti es todo improvisación.-


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06-01-09 Críticas por la venta del Patrimonio Provincial-

El Gobernador Schiaretti quiere vender importantes inmuebles de la Provincia para hacer caja en un año electoral


El Legislador Provincial (U.C.R.) Dante Rossi expresó que el Gobernador de la Provincia quiere desprenderse de innumerables y valiosos inmuebles en la Provincia para hacer caja y afrontar un año electoral como es el 2009.-
Hace 3 meses la Provincia necesitó del envío de fondos de la Nación para paliar el déficit de la Caja, porque de lo contrario no se podían pagar jubilaciones y sueldos.-
Emergencia provisional, aumento de alícuota de ingresos brutos, autorización otorgada por la Legislatura para la toma de un empréstito por 500 millones de dólares, negociaciones con el BNADE brasileño para la toma de otro crédito por 500 millones de dólares, y una deuda de más de 12.000 millones de pesos, era el panorama y la realidad de la Provincia de Córdoba.-
De la noche a la mañana, Schiaretti quiere hacerle creer a los cordobeses que construirá una ciudad fantástica.-
En un momento de cautela en las operaciones inmobiliarias, el Gobernador avanza en la venta de inmuebles de la Provincia, con un apuro que solo demuestra que necesita hacer una diferencia importante para afrontar posibles incumplimientos de la Nación en el envío de fondos comprometidos, para no pasar inconvenientes durante un año electoral.-
Sin tasaciones previas, sin estudios serios, de apuro, de manera sospechosa, sin controles efectivos, y con la duda instalada sobre el accionar de la Corporación Inmobiliaria, Schiaretti necesita fondos frescos ya, y no trepida en dilapidar los bienes del estado.-
De la Sota y Schiaretti serán recordados como los gobernadores campeones en endeudar la Provincia y en dilapidar el patrimonio inmobiliario de todos los cordobeses.-
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Foro CEC

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